El Gobierno aprueba un Real Decreto con la nueva norma de distribución de seguros
El Consejo de Ministros reunido esta mañana ha aprobado un Real Decreto Ley en el que se incluye la trasposición de la Directiva de Distribución de Seguros y Reaseguros (IDD) y la trasposición parcial de la Directiva sobre actividades y supervisión de Fondos de Pensiones de Empleo. Además, incluye la transposición parcial en el ámbito de seguros y fondos de pensiones de la Directiva de fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas.
En el caso de la IDD, el texto incluido en el Decreto Ley se corresponde con el Proyecto de Ley de Distribución de Seguros, que el Gobierno aprobó en la anterior legislatura y que pasó sus primeros trámites parlamentarios antes de las elecciones.
Distribución de Seguros
Según fuentes del Ministerio de Economía, la nueva norma de Distribución de Seguros está orientada al «incremento de la protección y la seguridad jurídica de los asegurados en la comercialización de los productos aseguradores y a mejorar la información a los asegurados, en la contratación y en el momento del siniestro».
Una novedad importante es que la norma afecta a todos los canales de distribución por igual, y no solo a los mediadores, aunque deroga la actual Ley de Mediación. A partir de ahora, todos los canales tendrán los mismos requisitos. Por tanto, la norma afecta a todas las entidades aseguradoras y sus empleados; a más de 72.000 agentes de seguros y 5.040 corredores supervisados por la DGSFP y las CCAA.
Además, se regulan dos nuevos tipos de distribuidores: El mediador se seguros complementario, que venderá coberturas ligadas a un producto no asegurador, como es el caso de las agencias de viajes o empresas de alquiler de coches; y los comparadores de seguros, que a partir de ahora deberán ser mediadores de seguros.
Economía indica que la razón por la que se transpone la Directiva por un Decreto Ley tiene que ver con el agotamiento del plazo de transposición y la urgencia de hacerlo, «no solo para no ser sancionados por Bruselas, sino porque se trata que los asegurados tengan la misma protección en todos los países europeos».
Reglamento de Formación
La nueva normativa de seguros incorpora las nuevas exigencias de Formación incluidas en la IDD, y que se desarrollarán vía reglamentaria, mediante un texto que ya está elaborado por la DGSFP y que pasó ya por la Junta Consultiva de Seguros.
Además, se incluyen mayores exigencias de información al consumidor en el caso de los seguros Unit Linked, similares a las exigencias para productos financieros que regula MiFID II. Entre ellas, se tendrá que advertir al cliente sobre los riesgos de estos productos y realizar un análisis previo de idoneidad y evaluación periódica de esa idoniedad. Además, si el distribuidor del Unit Linked es independiente de las entidades, como en el caso de los corredores de seguros, deberán explícitamente detallar al cliente los costes del producto y las comisiones u honorarios que reciben por su comercialización.
Otra novedad importante son los conceptos de ventas vinculadas y combinadas, que es cuando se ofrecen productos de seguros junto con otros servicios y productos distintos de los seguros, como parte de un mismo paquete o acuerdo. En estos casos, el distribuidor de seguros deberá informar dsi los distintos componentes pueden adquirirse o no de forma separada, e indicar los correspondientes costes y gasots de cada componente por separado.
En el caso de las hipotecas, las ventas vinculadas y combinadas se regularán por recientemente aprobada Ley del Crédito Inmobiliario.
Gobernanza, cuentas separadas y sanciones
La nueva norma de distribución de seguros incorpora nuevos requisitos de gobernanza de productos, como la exigencia de disponer de procesos internos para el diseño, aprobación y control de los seguros que se distribuyen; así como de identificar el mercado al que se destina el producto, para identificar el público objetivo de cada producto, de forma que se venda a los clientes apropiados.
También incluye la obligación de gestionar los fondos de los clientes a través de cuentas completamente separadas del resto de recursos económicos del mediador.
Por último, refuerza la supervisión de la DGSFP y la coordinación entre los supervisores de seguros europeos; e instaura un nuevo régimen de infracciones y sanciones más elevadas, conforme a la IDD; y regula procedimientos de denuncia (whistleblowing) sobre infracciones en materia de distribución de seguros, fomentando la colaboración de los profesionales que trabajen en el sector, sin que ello implique riesgos laborales para los que comuniquen irregularidades.