Bruselas insta a una vigilancia más estrecha de la venta de Unit Linked
La distribución de productos de inversión basados en seguros (generalmente Unit e Index Linked) está siendo revisada en la Eu Retail Investment Strategy, el proyecto con el que la Comisión Europea modificar todo el sistema de asesoramiento financiero en la UE y cuyo primer documento se conocerá hoy; un proceso que ha estado pilotado por la comisaria de Servicios Financieros de la UE, Mairead McGuinness.
El borrador de documento ha incluido enmiendas que inciden en la necesidad de que los distribuidores de seguros proporcionen información objetiva sobre los productos de seguros a sus clientes, para que puedan tomar decisiones informadas sobre ellos.
En línea con otras normativas, las modificaciones pretenden mejorar la transparencia, profesionalidad y supervisión en el sector de la distribución de seguros, garantizando la protección de los intereses de los asegurados y promoviendo la armonización entre los Estados miembros. La nueva normativa europea quiere que cuando un mediador o entidad preste asesoramiento independiente en Unit Linked o seguros vinculados a productos financieros tenga que realizar estas dos acciones:
1.- Evaluar un número suficientemente amplio de productos de seguros disponibles en el mercado que estén suficientemente diversificados en cuanto a su tipo y a proveedores para garantizar que los objetivos del cliente puedan satisfacerse adecuadamente y no se limiten a seguros proporcionados por entidades con vínculos estrechos con el mediador.
2.- No aceptar ni retener honorarios, comisiones o cualquier beneficio monetario o no monetario pagado o proporcionado por un tercero o por una persona que actúe en nombre de un tercero en relación con la prestación del servicio a los clientes.
Bruselas insiste en que los mediadores deben asesorar con un análisis justo y personalizado, y ofreciendo una gama suficiente de productos al cliente adaptados a sus necesidades.
Cambios en el artículo 14
Asimismo, el Artículo 14 del Reglamento ha sido reescrito, incluyendo que los Estados deben asegurarse de que los mediadores tengan procedimientos, incluidos canales online, para gestionar las quejas de los clientes y otras partes interesadas. Estas quejas y reclamaciones deben poder emitirse por el cliente en el idioma con el que contrató el producto o recibió la información.
También fija que no debe haber restricciones para que los clientes y otras partes interesadas ejerzan sus derechos bajo la Directiva en los casos en que el distribuidor de seguros o reaseguros opere de manera transfronteriza.
Formación previa y continua
Los cambios de la CE inciden en que los distribuidores de seguros que vendan estos productos cuenten con formación inicial, certificación y formación continua. Así, en el nuevo Artículo 10a, se introducen los requerimientos de organización para los profesionales que trabajan en entidades de seguros o reaseguros.
Por último, en el Artículo 12, se introduce una enmienda que amplía los poderes de los supervisores nacionales para la recepción de documentos y la inspección; así como se regula el intercambio de información al respecto de los supervisores nacionales con EIOPA.