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El Colegio de Granada elaboró una guía práctica para los afectados por los terremotos de Granada

Redacción 27 de agosto de 2026

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Ante los terremotos registrados en la provincia de Granada, el Colegio de Mediadores de Seguros de Granada elaboró una guía práctica y recomendaciones para los afectados por los terremotos de la provincia. “Terremotos en Granada. Guía de actuación del asegurado”, es un documento práctico en el que se recogen de forma sencilla los requisitos, recomendaciones y pasos que deben seguir las personas aseguradas que hayan sufrido daños.

De este modo, la institución colegial recordó que los daños producidos por terremotos están incluidos entre los riesgos extraordinarios cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros. Para acceder a la indemnización es imprescindible que los bienes afectados estuvieran previamente asegurados, que la póliza estuviera vigente en el momento de producirse los daños y que el asegurado se encontrara al corriente del pago de la prima. Por tanto, la existencia previa del seguro es un requisito esencial para que pueda actuar el Consorcio.

La guía explica qué es el Consorcio de Compensación de Seguros, recuerda qué riesgos extraordinarios cubre, detalla la documentación que debe preparar el asegurado y resume el procedimiento de tramitación del siniestro. «El objetivo es que cualquier persona afectada pueda disponer de una primera referencia que le permita saber cómo actuar desde el primer momento y, especialmente, evitar actuaciones precipitadas que puedan dificultar posteriormente la acreditación de los daños», destacaron.

Documentar todos los daños antes de limpiar o reparar

Desde el Colegio se recomendó que junto a la comunicación del siniestro, se debe documentar de forma exhaustiva todos los daños sufridos antes de realizar cualquier actuación sobre ellos: «Antes de comenzar las labores de limpieza o desescombro, retirar objetos dañados o efectuar reparaciones, es fundamental realizar fotografías y, siempre que sea posible, vídeos que permitan apreciar con claridad tanto los desperfectos como su alcance. No basta con fotografiar de manera general la vivienda, establecimiento o bien afectado. Es recomendable dejar constancia gráfica suficiente de cada uno de los elementos dañados y conservar todas esas imágenes y vídeos durante la tramitación. Siempre que sea posible, también deben conservarse los restos de los bienes dañados a disposición del perito. Si por razones de seguridad, salubridad o necesidad resulta imprescindible retirarlos antes de la peritación, es especialmente importante fotografiarlos con detalle antes de hacerlo».

Así mismo, apuntaron que, cuando los daños hagan necesario realizar una reparación con rapidez, también es importante solicitar presupuesto y conservar posteriormente las correspondientes facturas. «El Consorcio de Compensación de Seguros no dispone de reparadores propios como ocurre con los servicios que pueden ofrecer determinadas entidades aseguradoras. Por ello, si alguna actuación no puede esperar y debe acometerse antes de que se produzca la peritación, es fundamental poder acreditar tanto la reparación realizada como su coste. Fotografías, vídeos, restos de los bienes afectados cuando sea posible conservarlos, presupuestos y facturas constituyen elementos importantes para acreditar adecuadamente los daños y las actuaciones que hayan tenido que realizarse. Una vez comunicado el siniestro, se procederá a la peritación y valoración de los daños. Tener preparada toda la documentación facilitará este proceso».

Documentación a preparar

Con el objetivo de facilitar la tramitación a las personas afectadas, entre la información y documentación que conviene tener preparada se encuentran los datos de la póliza, incluida la entidad aseguradora y el número de póliza; los datos del asegurado y de la persona que realiza la comunicación; el IBAN de la cuenta en la que se abonará la indemnización; documentación bancaria que permita acreditar la titularidad de esa cuenta; el recibo que acredite que el seguro estaba vigente y al corriente de pago en el momento del siniestro; la póliza y sus condiciones generales y particulares; los presupuestos y facturas de las reparaciones realizadas y todas las fotografías y vídeos que permitan acreditar los daños.

Por último se recordó que el Consorcio de Compensación de Seguros aconseja presentar la solicitud de indemnización a la mayor brevedad posible para facilitar la valoración y agilizar la tramitación y, a ser posible, dentro de los siete días siguientes a la producción del siniestro. No obstante, la institución señala que también admite las solicitudes que se presenten una vez transcurrido ese plazo.

La comunicación de los daños y la solicitud de indemnización pueden realizarse telefónicamente de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas en el  900 222 665, o a través de la web www.consorseguros.es.

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