El Consorcio informa sobre las tempestades ciclónicas del pasado enero
El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) ha emitido una nueva nota informativa sobre las tempestades denominadas “Fien”, “Gérard” y “Hannelore”.
Acaecimiento de tres tempestades en enero
Una vez recibidos los informes solicitados a la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) conforme a lo previsto en la legislación del seguro de riesgos extraordinarios y las posteriores aclaraciones complementarias y ampliatorias de determinadas zonas que han sido solicitadas por el CCS de oficio y a petición de las entidades aseguradoras, según los casos, ha resultado constatado que, en el periodo de 14 a 23 de enero de 2023, se produjeron tres episodios de tempestad ciclónica atípica (TCA) en su modalidad de viento extraordinario, que afectaron a zonas amplias y muy diversas de la geografía nacional.
Tratamiento conjunto de los tres episodios
El Consorcio explica que se trata, en sentido estricto, de tres tempestades que se produjeron de forma inmediatamente sucesiva, por lo que el CCS, de acuerdo con las entidades aseguradoras, ha optado por dar un tratamiento conjunto a la gestión de las indemnizaciones derivadas de contrato de seguro.
Por tanto, se considera a los efectos anteriores un solo episodio el integrado por las tres tempestades, conocidas como “Fien”, “Gérard” y “Hannelore”.
Procedimiento de gestión de las indemnizaciones
El CCS comunica que indemnizará los daños que, como consecuencia del viento, hubieran sufrido durante los días citados los bienes asegurados y situados en dichos municipios (pinchar en los enlaces resaltados).
Por su especial intensidad, amplitud y diversidad de las zonas afectadas, el CCS considera de aplicación, con el parecer favorable de las entidades aseguradoras, el “Convenio de colaboración sobre gestión de siniestros y de reembolsos derivados de los mismos con motivo del acaecimiento de riesgos extraordinarios”, celebrado el 14 de noviembre de 2011 entre el CCS y la asociación empresarial del seguro Unespa para la gestión de determinadas siniestralidades de TCA y de los reembolsos derivados de ellas.
En consecuencia:
- Con carácter general, si algún asegurado aún no hubiera comunicado sus daños deberá hacerlo a su entidad aseguradora, en lugar de hacerlo al CCS.
- El CCS reembolsará posteriormente a las entidades aseguradoras las indemnizaciones que hubiesen abonado a sus asegurados.
- Con arreglo a la estipulación Décima del “Convenio de colaboración sobre gestión de siniestros y de reembolsos derivados de los mismos con motivo del acaecimiento de riesgos extraordinarios”, el CCS y Unespa suscribirán próximamente la correspondiente adenda al Convenio para recoger, en un documento único y de forma conjunta, los aspectos concretos de la tramitación, peritación y pago de los siniestros de los citados tres episodios.