El Gobierno permite a la DGSFP prorrogar los plazos de entrega de información contable
El Real Decreto-Ley ley 15/2020, de 21 de abril, aprobado el martes por el Gobierno, facilita a la DGSFP para prorrogar los plazos de la entrega de diversa documentación requerida obligatoriamente a entidades y mediadores, previo informe de la Junta Consultiva de Seguros y Pensiones.
Así, permitirá prorrogar los plazos para aseguradoras y reaseguradoras de los Informe Periódico de Supervisión, Informe de Situación Financiera y de Solvencia y su correspondiente Informe Especial de Revisión; y la DEC de 2019.
Para las gestoras y depositarias de fondos de pensiones, podrá aplazar el Informe de Cumplimiento; el Informe sobre la efectividad de los procedimientos de control interno; el Informe de Revisión Financiera; y la Declaración de Información Estadística, Financiera y Contable.
Por último, para los distribuidores de seguros, podrá aplazar la entrega de la DEC de 2019.
Reaseguro en Crédito del Consorcio
Por otra parte, el RD-Ley también indica que la cobertura extraordinaria de reaseguro que ofrecerá el Consorcio de Compensación de Seguros a las aseguradoras de Crédito podrá aplicarse con efecto del 1 de enero de 2020 y su vigencia se mantendrá mientras subsistan las razones de interés general que la justifiquen, por un periodo mínimo de 2 años.