GestyFor programa un curso sobre los impuestos diferidos para aseguradoras
GestyFor celebrará, el próximo 3 de octubre en sus instalaciones, la cuarta edición del curso ‘Metodología de Cálculo de la Capacidad de Absorción de Pérdidas de los Impuestos Diferidos‘, diseñada específicamente para entidades aseguradoras.
El curso, que se podrá seguir vía webinar en directo y también en redifusión. será impartido por el inspector de seguros del estado, Víctor Baeza Mota.
Esta edición del curso profundiza en el desarrollo de los pasos necesarios para obtener el balance económico estresado y los activos por impuesto diferido nocionales mediante varios ejemplos prácticos. Asimismo, se analizará el modo de justificar el reconocimiento de los activos por impuesto diferido nocionales y, por tanto, el importe de la capacidad de absorción de pérdidas de los impuestos diferidos.
La capacidad de absorción de pérdidas de los impuestos diferidos fue una de las novedades que introdujo la normativa de solvencia II en el cálculo del capital de solvencia regulatorio. No obstante, se ha observado que los artículos que definen su cálculo en el Reglamento Delegado 2015/35 de la Comisión de 10 de octubre de 2014, no garantizan un tratamiento homogéneo por parte de las entidades aseguradoras.
«Los modelos de cálculo empleados para justificar su importe pueden diferir ampliamente entre las entidades aseguradoras, por tanto, el Reglamento Delegado 2019/981 de la Comisión de 8 de marzo de 2019 ha procedido a modificar los artículos que definen su cálculo, incrementando las exigencias en la fijación de las hipótesis de cálculo», explica.
A lo largo de la sesión se analizará la metodología correcta para realizar dicho cálculo junto con las últimas novedades introducidas en los siguientes aspectos: la pérdida instantánea, el método general y el balance económico post-estrés. temporalidad e hipótesis de proyección de los beneficios futuros; y compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores y límites;
En el webinar se tratará de dar respuesta a preguntas como: ¿Cómo se debe aplicar el método general?; ¿Cómo se debe justificar el reconocimiento de los activos por impuesto diferido nocionales?; ¿Y cómo se debe analizar la temporalidad de estos? Y si se necesitan beneficios futuros, ¿Cuándo se consideran suficientemente prudentes las hipótesis utilizadas en su cálculo?
Asimismo, y teniendo en cuenta que dicho ajuste tiene como punto de partida el balance económico pre-estrés, se dedicará la primera parte de la exposición a comentar brevemente aspectos tales como: normativa fiscal, contable y de solvencia a tener en cuenta en el reconocimiento de los impuestos diferidos; reconocimiento de activos por impuesto diferido en contabilidad y solvencia. Diferencias temporarias imponibles y deducibles. Beneficios futuros; análisis de temporalidad y proyección de liquidaciones futuras del Impuesto de Sociedades; ei nformación que incluir en la memoria de las cuentas anuales y en el Informe sobre la situación financiera y de solvencia.