Legálitas explica cómo reclamar ante la cancelación de un festival o una entrada falsa
Legálitas analiza cuáles son los derechos de los consumidores a la devolución del importe de las entradas de un festival de música y de las reservas de hoteles o transporte ya realizadas, cómo deben interponer la correspondiente reclamación y si es legal revender una entrada.
Cancelación de un festival
Si se cancela un festival de música o cualquier otro espectáculo cultural, el consumidor tiene derecho a reclamar la devolución del importe de las entradas o de la parte proporcional de las entradas no utilizadas, según regula el Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
¿Cómo se interpone la reclamación?
Legálitas recomienda realizarla por escrito a la empresa que se ha adquirido la entrada (o subsidiariamente al organizador) y solicitar la devolución del importe. Para ello, se deben conservar las entradas y las comunicaciones del organizador o de la propia empresa vendedora donde indican la cancelación del evento.
Una vez realizada la reclamación por escrito y con la constancia de la recepción de esta por parte de la empresa (por ejemplo: se manda un email y responden indicando que lo han recibido o se envía un correo certificado y se recibe el acuse de recibo de su recepción) existe el plazo de un mes para contestar. Si se ha agotado este plazo sin obtener respuesta o si la respuesta no es satisfactoria, se puede acudir a los Organismos de Consumo.
Si el festival dura 3 días y se cancela uno
En ese caso, Legálitas expone que se puede reclamar la devolución parcial correspondiente únicamente al día o a los días cancelados.
Reserva de hotel o transporte para acudir al festival
Además de tener derecho a la devolución del importe de la entrada y, siempre que no se deba dicha cancelación del evento a una causa de fuerza mayor, se pueden reclamar los costes derivados de la cancelación del evento y también los del hotel reservado para acudir a ese festival, los gastos de transportes adquiridos para acudir, etc. Todo ello en concepto de daños y perjuicios que se deben justificar.
¿Se puede revender la entrada?
No. El Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, de aplicación en todo el estado, en su artículo 67.2, señala que queda terminantemente prohibida la venta y la reventa callejera o ambulante de localidades. Al infractor, además de la incautación de las localidades, se le impondrá una multa, especialmente, si se trata de revendedor habitual o reincidente.
Y la reventa a través de Internet…
Legálitas aclara que no está prohibida la venta, venta telefónica y venta por Internet, siempre que el establecimiento disponga de la autorización correspondiente de la Comunidad Autónoma para realizar esta actividad, lo que se prohíbe es la reventa.
Multas por revender entradas
En el caso de la Comunidad de Madrid, la multa prevista para esta infracción está comprendida entre 4.501 y 60.000 euros; en Andalucía, la multa prevista para esta infracción está comprendida entre 300,51 euros y 30.050,61 euros; y en Galicia, la multa prevista para esta infracción está comprendida entre los 301 y los 30.000 euros.
Has comprado una entrada duplicada o falsa
En primer lugar, se debe reclamar al vendedor para exigir que devuelva el dinero y todos los daños y perjuicios que haya causado. Si se ha comprado la entrada en la web, es posible reclamar a los responsables legales que aparecen en los avisos legales de la propia página.
En ocasiones, los organizadores del evento pueden ayudar a defender los derechos facilitando, por ejemplo, un email en el que exponer todo lo ocurrido; y también es posible reclamar a las asociaciones de consumidores, ya que ayudan con la gestión de esa reclamación.
Si se ha sido víctima de una estafa se debe interponer la correspondiente denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que se inicie una investigación policial y descubrir al autor del delito.
Multa por vender una entrada duplicada o falsa
Legálitas destaca que, en función de la cuantía defraudada, las estafas de hasta cuatrocientos euros se castigan con una multa de uno a tres meses, pero si el importe defraudado supera los cuatrocientos euros, la pena a imponer es la prisión de seis meses a tres años, según se dispone en los artículos 248 y siguientes del Código Penal