Legálitas explica qué se puede prohibir en una despedida de soltero
Con la llegada de la temporada estival, Legálitas aclara los límites de los disfraces en una despedida de soltero y si es legal negar la entrada a un establecimiento hostelero, un medio de transporte o un apartamento por estar de despedida.
¿Se puede prohibir vestir con disfraces o atuendos sexuales?
En ese sentido, Legálitas afirma que los Ayuntamientos pueden multar por llevar determinados atuendos o accesorios si consideran que perturban la tranquilidad y la convivencia ciudadana. No obstante, estas sanciones deben explicar de forma clara los motivos por los que se perturba dicha tranquilidad ciudadana. En el caso de que dicha multa llegue a los juzgados, el juez puede considerar que vulnera derechos y libertades individuales o que el Ayuntamiento se ha podido extralimitar en sus funciones.
Sanciones por disfraces indecorosos
El tipo de sanción depende de la ordenanza de cada Ayuntamiento. Por ejemplo, en Madrid, perturbar la convivencia ciudadana de forma que incida grave, inmediata y directamente en la tranquilidad y en el ejercicio de derechos legítimos de otras personas puede considerarse una infracción muy grave o grave y supone una sanción de entre los 1.500,1 euros a los 3.000 euros para las muy graves y entre los 750 a los 1.500 euros para las graves.
¿Es posible viajar en tren o avión disfrazado?
En el transporte público no existe una limitación específica, salvo la relativa al ámbito de la convivencia ciudadana, en la que se puede considerar que dicha vestimenta altere esa tranquilidad y convivencia. En el transporte privado se debe de revisar las condiciones generales de la contratación de la empresa u operadora.
¿Se puede prohibir la entrada a un hotel disfrazado?
Los propietarios de bares, restaurantes, cafeterías, etc., pueden reservarse el derecho de admisión y, por lo tanto, prohibir el acceso a determinas personas. Pero, Legálitas expone que esta restricción no puede ser arbitraria o discriminatoria, ni suponer discriminación o trato desigual por razón de edad, sexo, nacionales o raza, puesto que vulnera el artículo 14 de la Constitución Española.
Multas por hacer ruido en la calle
Con carácter general, Legálitas recuerda que todas las ordenanzas municipales de convivencia cuentan con sanciones específicas por no respetar el descanso del vecindario por ruidos, cánticos, gritos, música, etc. independientemente de si el motivo es la celebración de una despedida de solteros o cualquier otro acto individual o colectivo.
Sanciones si se hace una fiesta en un piso
Las ordenanzas municipales de convivencia o de protección acústica sancionan este tipo de actuaciones. En Madrid quedan prohibidas conductas como gritar o vociferar, realizar fiestas en locales o domicilios particulares que excedan de lo tolerable debido al número de personas congregadas, al elevado volumen de la música, a la práctica de baile u otros comportamientos que generen ruidos de impacto, en particular, en horario nocturno.