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Mugeju deja de pagar las indemnizaciones por incapacidad temporal de sus mutualistas

Redacción 7 de abril de 2020

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La Asociación Judicial Francisco de Vitoria y el Foro Judicial Independiente han remitido un escrito a la Comisión General Permanente del Consejo General del Poder Judicial, a la presidencia y gerencia de la Mutualidad General Judicial (Mugeju) y al Ministerio de Justicia para que la mutualidad continúe abonando las prestaciones y subsidios por incapacidad temporal durante la vigencia del estado de alarma por la pandemia y así garantizar que los trabajadores que estén de baja sigan «económicamente cubiertos», según una información de Diario Abierto.

En la carta solicitan que «adopten las medidas precisas» para que se pueda llevar a cabo el trámite y pago de las prestaciones y subsidios a los mutualistas que estén en situación de incapacidad temporal por causa de embarazo, enfermedad o similares. Y que se «agoten» todos los medios telemáticos disponibles o habilitándolos en su caso para que «estén económicamente cubiertos y puedan hacer frente a los gastos ordinarios a los que todos estamos sometidos».

Según estas asociaciones, Mugeju, que se hace cargo de las prestaciones por baja de los jueces, fiscales y funcionarios de la Administración de Justicia, dictó una resolución el 16 de marzo por la que, debido a la declaración del estado de alarma dos días antes, se establecían los servicios esenciales de la mutualidad.

Ante las dudas generadas por esa resolución, las dos asociaciones de jueces pidieron el 30 de marzo una aclaración sobre la «omisión» en dichos servicios esenciales de la tramitación y pago de prestaciones y subsidios. Y solicitaron que esas gestiones se tuvieran en cuenta «a fin de que quienes estando en situación de incapacidad no se vieran privados de una gran parte de sus ingresos en una situación como la que se está viviendo».

La mutualidad se hace cargo del 75% del salario de los trabajadores con una incapacidad temporal, por lo que de no tramitarse estas prestaciones durante el estado de alarma, éstos tan sólo cobrarían la parte restante correspondiente a la Seguridad Social, señalan las asociaciones de jueces.

Éstas aseguran que han recibido la «respuesta verbal» desde la gerencia de la mutualidad, que les ha aclarado que la tramitación de los expedientes de quienes están en situación de incapacidad temporal «no constituye servicio esencial y que no serán tramitados durante la vigencia del estado».

La gerencia de Mugeju también contestó por escrito el 2 de abril  a las asociaciones informando de que esa tramitación sólo «se realiza en papel», lo que hace imposible el traslado físico de los expedientes.

Por ello, no es posible que los expedientes de quienes se encuentran en una situación de incapacidad temporal se trasladen desde las dependencias de Mugeju hasta el domicilio de los miembros de la Intervención Delegada (órgano encargado de realizar el control interno de los gastos e ingresos realizados en el ámbito del Ministerio de Justicia), ya que éstos se encuentran en sus domicilios teletrabajando. A ello se suma que el 30 de marzo todas las delegaciones provinciales también fueron clausuradas.

Las asociaciones rechazan estas explicaciones al ver que no les «consta que ningún funcionario público, ya sea de Mugeju, de la carrera judicial o de cualquier otro organismo, haya dejado de cobrar su nómina durante el estado de alarma declarado por la crisis sanitaria». Y ven «ilógico» que los trabajadores de la Administración de Justicia que están de baja estén en «peor condición» y reclaman la adopción de «medidas excepcionales» al igual que «se están adoptando en todos los ámbitos».

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