ARAG responde las dudas más comunes sobre la ocupación ilegal
ARAG responde las dudas más comunes sobre una de las preocupaciones más recurrentes de los propietarios durante las vacaciones.
¿Han aumentado las ocupaciones ilegales?
Lo cierto es que los juicios por ocupación ilegal de viviendas descendieron un 22% en 2022 y las denuncias por ocupación también fueron a la baja, aunque los niveles aún son superiores a los de 2019.
¿Qué ley protege contra la ocupación ilegal?
La ley 5/2018 de 11 de junio establece un procedimiento más ágil para recuperar la vivienda: si los ocupantes no justifican que se encuentran viviendo legalmente o no contestan en cinco días, el tribunal ordenará su salida inmediata. Este procedimiento es aplicable a propietarios particulares (sea primera o segunda residencia), a las entidades sin ánimo de lucro y a las entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social.
¿Qué diferencia hay entre usurpación y allanamiento de morada?
Olcina indica que hay que distinguir entre los diferentes tipos de delito: entrar en casas vacías de un banco o un fondo de inversión es un delito de usurpación, con penas máximas de seis meses; mientras que entrar en una vivienda es allanamiento de morada, con una penalización de hasta dos años de cárcel.
¿Qué hay que hacer ante un caso de ocupación ilegal?
Ante una ocupación ilegal lo primero es presentar una denuncia en la policía o llamar para que se personen en la vivienda e identifiquen a los ocupantes. Cuando la fiscalía reciba la denuncia y el atestado policial, valorará si se dan las circunstancias para pedir la medida cautelar de desalojo inmediato. Si no se acuerda el desalojo inmediato porque no se está cometiendo el delito in fraganti o porque los ocupantes alegan que es su vivienda y aportan algún justificante, se seguirán las actuaciones penales.
¿Qué medidas se deben tomar para evitar la ocupación ilegal?
Para evitar que se produzca una ocupación se deberán tomar medidas de seguridad en la vivienda. Es de ayuda disponer de algún sistema que nos puedan alertar de una entrada ilegal en la vivienda para comunicar inmediatamente la ocupación, pues cuanto antes se denuncie una ocupación más posibilidades hay que se solucione rápidamente. Para la ocupación ilegal también existen soluciones en forma de pólizas como ARAG Ocupación Ilegal que cubren las minutas de abogados, procuradores e incluso las tasas judiciales.
¿Qué es la inquiocupación?
La inquiocupación es un término que suena cada vez más, pero que no existe jurídicamente. Podemos definir a los inquiocupas como aquellos inquilinos que han entrado en la vivienda con un contrato de alquiler y que, después de unos meses, dejan de pagar. Es, por lo tanto, el mismo caso de un inquilino moroso en una situación de impago de alquiler.