Planes de Pensiones y PPA no podrán traspasarse a los PEPP y viceversa
Afi ha celebrado hoy un webinar en el que se ha presentado el nuevo Producto Paneuropeo de Pensiones Individuales (PEPP en sus siglas en inglés). Aitor Milner, responsable del área de Seguros de Afi, ha avanzado en el inicio de la sesión que “se trata de un producto novedoso que se comenzará a comercializar en el primer trimestre de 2022 y que aspira a incrementar el ahorro para la jubilación por su transversalidad”.
Sobre las motivaciones que han conducido a su diseño, Aitor Milner ha señalado el desafío demográfico, el mercado europeo que es netamente ahorrador en depósitos y efectivo, el gap de los sistemas públicos de pensiones, el aumento de la movilidad laboral geográfica en Europa, la imposibilidad de normalizar los productos de ahorro existentes en otros países y los aspectos relacionados con la sostenibilidad.
El responsable del área de Seguros de Afi ha definido PEPP como un producto de Pensiones individual a largo plazo que entre sus objetivos busca provisionar el ahorro a largo plazo para la jubilación, incrementar la liquidez y la eficiencia, así como cerrar el gap de las pensiones. También, ha avanzado que podrá ser comercializado bajo seis variedades; solo la primera, la básica, tendrá carácter obligatorio.
Asimismo, Milner ha adelantado que se trata de un producto que busca ofrecer la máxima transparencia; contempla el asesoramiento obligatorio: tanto en la fase preventa como en el momento de la jubilación. Además, se podrá comercializar digitalmente y se podrá combinar con las características de cada estado (portabilidad).
Impacto del PEPP en el sector asegurador
A continuación, Carlos Esquivias, gerente de la Comisión de Vida y Pensiones de Unespa, ha analizado las principales características de este nuevo producto y su impacto tanto a nivel nacional como europeo. En primer lugar, ha señalado que el número de promotores para este tipo de solución aumenta considerablemente con respecto a los productos existentes hasta el momento. Así, “una vez que la entidad lo tenga claro”, en el caso de las entidades aseguradoras en España, “tendrá que presentar la solicitud ante la DGSFP, que será el organismo que autorice su comercialización (en un máximo de 3 meses)”. Una vez concedida la autorización, “tendrá que ser inscrito en el Registro Público Central que gestionará EIOPA”.
Otro de los aspectos que Carlos Esquivas ha destacado de este nuevo producto de ahorro ha sido su portabilidad; es decir, que si el ahorrador cambia de estado europeo, por ejemplo, por motivos laborales, podrá seguir realizando aportaciones a su plan a través de una subcuenta en el país de destino (en un máximo de 3 años, todos los países tendrán que ofrecer subcuentas para al menos dos estados europeos más; en un principio eran diez).
Tal y como ha avanzado Aitor Milner, las opciones de inversión de un PEPP pueden ser 6, de las cuales solo la primera, o básica, es obligatoria. Al respecto, Carlos Esquivias ha añadido que el promotor del PEPP es el encargado de diseñar todas las opciones de inversión que vaya a incluir el producto. Opciones que tendrán una garantía sobre el capital o bien sobre una técnica de mitigación del riesgo (los promotores de un PEPP mutualizan el riesgo en el momento de entrada en el mercado). En cuanto a la primera, garantía sobre el capital, ha señalado que “tendrá que recoger que, en la opción básica, la pérdida esperada no sea superior al 20% de la inversión, aspirando además a superar la inflación anual. Y cuando no la ofrezca, garantizar la recuperación del capital al menos en un 92%”. Acerca de la provisión de las garantías, ha matizado que las encargadas serán entidades de crédito o compañías aseguradoras. Además, podrán incluir cobertura de riesgos biométricos, aunque no es obligatorio (Unespa era partidario de ello), y soportarán unos gastos y comisiones de en torno al 1%.
En relación con la disposición del capital, el gerente de la Comisión de Vida y Pensiones de Unespa ha apuntado que “es similar a la de los Planes de Pensiones y PPA. En cuanto a la fiscalidad, tendrá el mismo que los sistemas de ahorro individual, con un límite de 1.500 euros al año en aportaciones.
Por último, Esquivias ha subrayado que, de momento, el capital de un PEPP no será movilizable a Planes de Pensiones y PPA, “con lo que se hace más difícil su comercialización”.
Normas técnicas de regulación de los PEEP
Seguidamente, Moisés Hernández, consultor del área de Seguros de Afi, ha sido el encargado de abordar las normas técnicas de regulación para este nuevo producto de ahorro. Así, ha expuesto las principales características de los documentos, “que nada tienen que ver con los de los productos PRIIPS”.
Por un lado, la documentación previa o KID, ha indicado que pretende “facilitar la comprensión del producto y armonizar los riesgos”. Se trata de un documento (tanto el básico como los diseñados para el resto de opciones) que debe ser “muy visual” e incluir una revisión mínima anual del capital acumulado previsto, indicadores de riesgo, indicadores si ofrece o no garantía, de cómo se invierte (factores de los que depende la rentabilidad), a quién va dirigido (debe expresar el perfil en términos de riesgo) y, en caso de fallecimiento, informar de si cuenta con esta garantía y en qué circunstancias se activaría), así como del impacto de los factores medioambientales y de gobernanza. Además, como ha adelantado Carlos Esquivas, también tendrá que recoger (indicarlo al consumidor) la máxima pérdida posible en el capital invertido (opción básica), mostrar las rentabilidades esperadas en 3 escenarios (desfavorable, medianamente satisfactorio y favorable), así como, finalmente, explicar cómo reclamar y a quién.
Finalmente, en relación con la Declaración de Prestaciones del PEEP (BS), Moisés Hernández ha señalado que se trata de un documento que “ha de presentarse de manera anual durante la fase de acumulación” y recoger “cuánto he ahorrado, qué recibiré cuando me jubile, cómo ha cambiado mi PEPP en los últimos 12 meses y factores que afectan a su rentabilidad”.