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¿Qué pasa con la herencia en un matrimonio o un divorcio?

7 de septiembre de 2026

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Desde ARAG explican qué se debe tener en cuenta en la pareja antes de que exista una herencia.

Cuando fallece una persona que estaba casada o divorciada hay que tener en cuenta en qué régimen económico matrimonial estaba porque de eso dependerá el reparto de la herencia. En España, el régimen económico por defecto es el de gananciales, en el que los cónyuges son propietarios por mitad de los bienes.

Los bienes gananciales son, entre otros, los obtenidos por el trabajo, los bienes comprados con el dinero en común o las empresas fundadas durante el matrimonio a expensas de los bienes comunes.

En cambio, los bienes privativos son, por ejemplo, aquellos que le pertenecieran a un cónyuge antes del matrimonio, los objetos de uso personal que no sean de extraordinario valor (como ropa) o los instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión individual.

¿Qué ocurre con la herencia cuando un miembro del matrimonio fallece?

Cuando una persona está casada en régimen de gananciales y fallece, los herederos solo podrán heredar la mitad de sus bienes. La otra mitad corresponderá al viudo o la viuda.

En el momento de aceptar la herencia se hará también la disolución de la comunidad ganancial. En el inventario se incluirán los bienes que eran privativos del fallecido más la mitad de los bienes de los que eran copropietarios de la sociedad de gananciales.

¿Cómo proteger la herencia en un divorcio?

Si un matrimonio casado en régimen de gananciales se divorcia, se hará la liquidación del régimen económico matrimonial y la repartición de los bienes. Después, cada uno tendrá la mitad: esos serán los que posteriormente se podrán heredar. Además, existen los bienes privativos, que serán para los herederos.

Eso sí, cuando se produce un divorcio o separación es necesario hacer testamento de nuevo porque si hay hijos menores, la administración de los bienes quedaría a cargo del excónyuge. Si no queremos que esto suceda, lo recomendable es nombrar a un administrador para que los gestione en beneficio de nuestros hijos e hijas.

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